
Si está empleado en New York y sufre una lesión en el trabajo, probablemente tenga derecho a beneficios de compensación laboral, ya sea que sea un trabajador de la construcción, primer respondiente o un oficial de correcciones. Sin embargo, si trabaja en un oficio o profesión exenta, es posible que deba considerar alternativas a los beneficios de compensación laboral después de una lesión en el lugar de trabajo.
Es importante conocer sus derechos después de una lesión laboral, especialmente en lo que respecta a las exenciones de la compensación laboral en New York. Consultar con nuestros hábiles abogados de compensación laboral de New York le asegurará entender todas sus opciones legales. Llame al (212) 221-1000 o contáctenos en línea para programar su consulta gratuita y confidencial.
Empleados Federales
La compensación laboral del estado de New York no se aplica a los empleados federales. Más bien, los empleados federales están cubiertos por beneficios administrados por el Departamento de Trabajo bajo la Ley Federal de Compensación para Empleados (FECA). Pueden solicitar beneficios a través del Portal de Operaciones y Gestión de Compensación para Empleados (ECOMP).
Miembros del Clero y Ciertos Empleados de Organizaciones Religiosas Sin Fines de Lucro
Los miembros del clero y ciertos empleados de organizaciones religiosas sin fines de lucro no están cubiertos por los beneficios típicos de compensación laboral en New York. Cuando una organización religiosa sin fines de lucro solo paga a su “clero, maestros e individuos [por] proporcionar trabajo no manual,” no está obligada a tener cobertura de compensación laboral. Para permanecer exentos, el clero debe realizar “solo deberes religiosos,” y los maestros deben realizar “solo deberes de enseñanza.”
El trabajo manual incluye tareas como archivar, limpiar, tocar instrumentos musicales, mantenimiento de la propiedad y otras tareas que implican trabajo físico, incluso si ese trabajo no requiere un esfuerzo físico significativo. Los voluntarios no remunerados para estas organizaciones tampoco tienen derecho a beneficios de compensación laboral.
Voluntarios
Un “voluntario” para los propósitos de cobertura de compensación laboral en New York es una persona que realiza trabajo caritativo no remunerado para una organización sin fines de lucro. Las organizaciones sin fines de lucro no están obligadas a tener compensación laboral para voluntarios no remunerados. Las organizaciones con fines de lucro no pueden tener “voluntarios” no remunerados.
En caso de muerte o lesiones en el cumplimiento del deber, los bomberos voluntarios y los trabajadores voluntarios de ambulancia reciben beneficios bajo la Ley de Beneficios para Bomberos Voluntarios y la Ley de Beneficios para Trabajadores Voluntarios de Ambulancia.
Contratistas Independientes
Los contratistas independientes generalmente están exentos de la cobertura de compensación laboral porque no se consideran “empleados.” Sin embargo, las empresas deben asegurarse de que los empleados no sean clasificados incorrectamente como contratistas independientes.
En New York, las industrias de la construcción y el transporte tienen sus propias definiciones específicas de la industria sobre quién califica como contratista independiente. Factores importantes en otras industrias incluyen, pero no se limitan a, si los trabajadores:
- Realizan el servicio contratado sin dirección o control, excepto en la medida en que la empresa contratante tenga el derecho de especificar el resultado deseado.
- Mantienen un establecimiento comercial separado.
- Obtienen pólizas de seguro bajo su propio nombre comercial legal y número de identificación federal del empleador.
- Proporcionan todo el equipo y materiales necesarios para cumplir con el contrato.
- Trabajan bajo su propio permiso operativo, contrato o autoridad.
Trabajadores Domésticos
Los trabajadores domésticos para hogares privados generalmente no tienen derecho a compensación laboral si trabajan individualmente menos de 40 horas por semana y no viven en el lugar. Los trabajadores que realizan “trabajo ocasional” (por ejemplo, trabajo en el jardín) tampoco tienen derecho a cobertura de compensación laboral. Existen excepciones para menores que operan maquinaria motorizada o cuando el trabajo está programado de forma regular.
Los esfuerzos para ampliar las protecciones legales para los trabajadores domésticos están en curso. A partir de 2021, New York considera a los trabajadores domésticos “empleados” para todos los propósitos bajo su Ley de Derechos Humanos. Organizaciones de base, como Domestic Workers United, también están haciendo campaña para aumentar los derechos de los trabajadores domésticos.
Ciertos Trabajadores Agrícolas
Los trabajadores agrícolas generalmente se consideran empleados si un contratista de mano de obra agrícola los reclutó o suministró para trabajar en la granja. Tienen derecho a cobertura de compensación laboral. Sin embargo, la regla no se aplica al cónyuge o hijos menores de un propietario agrícola si no están bajo un contrato laboral.
Antes de la Ley de Prácticas Laborales Justas para Trabajadores Agrícolas (FLFLPA), las granjas con nóminas anuales inferiores a $1,200 estaban exentas de los requisitos de compensación laboral. A partir de enero de 2020, eso ya no es así. Bajo la FLFLPA, los propietarios agrícolas también tienen prohibido “discriminar contra los trabajadores agrícolas que soliciten formularios de reclamo de compensación laboral.” Es importante que su estatus migratorio o de ciudadanía no afecte su elegibilidad para la compensación laboral.
Alternativas a la Compensación Laboral
Si está exento de la cobertura de compensación laboral bajo la ley estatal de New York, aún puede tener opciones para una cobertura alternativa en caso de una lesión en el trabajo.
Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI) o Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI)
En ausencia de beneficios de compensación laboral, puede ser elegible para beneficios federales SSDI o SSI. Para ser elegible para SSDI, debe haber sufrido una discapacidad y haber trabajado el tiempo suficiente para haber contribuido a los beneficios SSDI. Puede recibir SSI tan pronto como a los 62 años, aunque los beneficios completos generalmente están disponibles una vez que alcanza la edad completa de jubilación. Puede verificar su elegibilidad a través de la Administración del Seguro Social.
Demandas por Responsabilidad de Terceros
Si un tercero distinto a su empleador contribuyó a la causa de su accidente, puede buscar compensación mediante una demanda. Puede ser compensado por pérdidas financieras, como ingresos perdidos o facturas médicas, y pérdidas no financieras, como dolor, sufrimiento, desfiguración y pérdida del disfrute de la vida. Debido a que probar la responsabilidad en demandas por lesiones laborales puede ser complejo, es esencial que consulte a un abogado para proteger sus derechos e intereses legales.
Beneficios Sindicales
Si es miembro de un sindicato laboral, su sindicato puede brindarle apoyo adicional en caso de una lesión en el trabajo. Los beneficios pueden incluir cobertura o reembolso por atención médica, beneficios de rehabilitación o rehabilitación vocacional diseñada para ayudar a los empleados lesionados a encontrar un nuevo trabajo después de sufrir una discapacidad.
¿Qué pasa si mi empleador no tiene compensación laboral?
Los empleadores que tienen cobertura de compensación laboral generalmente están protegidos de demandas por lesiones personales presentadas por empleados lesionados. Sin embargo, si su empleador no tiene el seguro obligatorio de compensación laboral, puede enfrentar penalizaciones estrictas, incluida la responsabilidad por “todos los salarios y beneficios médicos otorgados a cualquiera de sus empleados” a través de un reclamo sin seguro.
Busque Representación Legal para sus Reclamos de Compensación Laboral
Las exenciones de la compensación laboral en New York son complejas, con matices para tipos específicos de trabajadores como los servidores públicos de New York. Si sus beneficios de compensación laboral fueron negados erróneamente o si su empleador lo clasificó incorrectamente, nuestros conocedores abogados de compensación laboral pueden ayudarle a explorar sus derechos y opciones legales, incluyendo la búsqueda de sus beneficios a través de la Junta de Compensación Laboral.
Estamos comprometidos a luchar por los derechos de las víctimas de lesiones en todo el estado. Puede contar con nosotros para proporcionar una línea abierta de comunicación y una representación legal vigorosa durante toda la duración de su caso. Llame al (212) 221-1000 o contáctenos en línea para programar una consulta gratuita y confidencial.