
Sí, en la mayoría de las circunstancias, puede elegir a su propio médico en un caso de compensación laboral en New York, siempre que el proveedor esté autorizado por la Junta de Compensación Laboral del Estado de New York. Su empleador generalmente no puede obligarlo a recibir tratamiento con un médico específico.
Sin embargo, si su empleador participa en una organización de proveedores preferidos, es posible que deba seleccionar un médico dentro de esa red durante los primeros 30 días después de su lesión. Luego puede cambiar de médico si lo desea, siempre que el nuevo médico esté en el sistema de la WCB.
Si su empleador o su aseguradora le han impedido obtener los beneficios que merece, nuestro equipo legal puede ayudarle. Nuestros abogados de compensación laboral de la ciudad de New York tienen más de 200 años de experiencia combinada. Llame hoy para su consulta gratuita y podemos discutir su caso.
Ley de Compensación Laboral de New York
En New York, si se lesiona en el trabajo o tiene una enfermedad relacionada con el trabajo, tiene el derecho a elegir a su propio médico para el tratamiento. Sin embargo, el médico que elija debe estar aprobado por la Junta de Compensación Laboral del Estado de New York (WCB) para tratar a los trabajadores lesionados.
Esto significa que, a diferencia de algunos estados, su empleador o la aseguradora de compensación laboral generalmente no pueden dictar qué médico debe ver. No debe ser obligado a tratarse en una clínica o con un proveedor específico simplemente porque sean preferidos por la compañía de seguros.
Muchas lesiones laborales requieren tratamiento de especialistas, como cirujanos ortopédicos, neurólogos o fisioterapeutas. Si su médico tratante lo refiere a un especialista, ese especialista también debe estar autorizado por la Junta de Compensación Laboral.
Reglas de PPO y Proveedores Preferidos
Si la póliza de seguro de compensación laboral de su empleador incluye un arreglo de atención administrada o PPO, usted puede estar obligado a recibir tratamiento dentro de esa red durante los primeros 30 días posteriores a su lesión. Esta es una excepción común para elegir a su propio médico.
Esta regla permite a las aseguradoras coordinar el tratamiento temprano, pero no restringe permanentemente su capacidad para seleccionar al médico en quien confía. Después de 30 días, generalmente puede cambiar a cualquier proveedor autorizado por la WCB fuera del PPO.
Exámenes Médicos Independientes
Aunque tiene derecho a elegir a su propio médico en un caso de compensación laboral en New York, la aseguradora de compensación laboral tiene el derecho de programar un Examen Médico Independiente. Este es realizado por un médico seleccionado por la compañía de seguros.
El examen proporciona a la aseguradora una opinión médica separada sobre su lesión, su nivel de discapacidad y su capacidad para trabajar. Si hay un conflicto entre la opinión de su médico y el informe del IME, la disputa puede necesitar resolverse ante la Junta de Compensación Laboral.
Tratamiento de Emergencia y Reclamos de Compensación Laboral
La atención de emergencia se maneja de manera un poco diferente, incluso cuando forma parte de los tratamientos por lesiones de compensación laboral. El tratamiento de emergencia no necesita ser realizado por un proveedor autorizado por la WCB.
Si necesita atención de emergencia, puede acudir al hospital o proveedor de emergencia más cercano. Sin embargo, una vez que la emergencia se haya estabilizado, el tratamiento continuo debe ser proporcionado por un médico autorizado.
Cómo Encontrar un Médico Autorizado por Compensación Laboral
Para encontrar un médico autorizado por Compensación Laboral en New York, comience visitando el sitio web de la Junta de Compensación Laboral del Estado de New York y utilizando su Buscador de Proveedores de Atención Médica y IME. Esta base de datos le permite buscar por nombre, especialidad o ubicación.
Al programar una cita, pida en el consultorio del médico que confirmen que están autorizados por la WCB y aceptan casos de compensación laboral. Si su empleador usa una red PPO, solicite una lista de proveedores aprobados para los primeros 30 días de tratamiento.
¿Qué sucede si ve a un médico no autorizado?
Elegir a un médico que no esté autorizado por la Junta de Compensación Laboral puede crear problemas serios. Incluso si paga de su bolsillo, es posible que no haya reembolso disponible.
Si recibe tratamiento de un proveedor no autorizado:
- La aseguradora puede negarse a pagar sus facturas médicas.
- Los tratamientos que recibió pueden no ser reconocidos como parte de su reclamo de compensación laboral.
- Sus pagos salariales podrían interrumpirse si los formularios médicos requeridos no se presentan correctamente.
Discuta su Reclamo de Compensación Laboral
En la mayoría de las situaciones, puede elegir a su propio médico para un caso de compensación laboral en New York, siempre que ese médico esté autorizado por la Junta de Compensación Laboral del Estado de New York. También tiene derecho a cambiar a un médico autorizado diferente si es necesario.
La principal limitación involucra los primeros 30 días de tratamiento cuando puede aplicarse una red PPO. Si ha tenido problemas con su empleador sobre su elección de médico y cree que está siendo tratado injustamente, comuníquese con nuestro equipo legal de inmediato.
Shulman & Hill Injury Lawyers ha estado ayudando a víctimas lesionadas en New York desde 2013. Cada distrito, cada cuadra, New York, estamos para usted. Llame ahora y programe su consulta gratuita para contarnos sobre su reclamo de compensación laboral.